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Sobre el Impuesto de Sucesiones: Murcia tributa así

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¿Tienes dudas para entender las normas tributarias que se aplican sobre los seguros de vida? En realidad, es muy sencilla: no, no llevan IVA, pero tributarán a partir de otros impuestos. Como tal, entre las tasas, hay que prestar atención a la aplicación del Impuesto de Sucesiones: pensándolo, beneficiarse y cobrar el capital asegurado de una póliza es, desde el punto de vista tributario, una adquisición. Por eso, si queremos conocer cómo funciona el sector de protección, resultará importante saber cómo es este tributo en toda España. Por ello, a continuación, nos centraremos en cómo funciona el Impuesto de Sucesiones: Murcia lo tributa así… ¡Descubre sus detalles!

 

Sobre el Impuesto de Sucesiones: Murcia y su reglamento

Efectivamente, no puede haber mejor manera de empezar esta explicación si no es explicando a partir de qué norma surge el Impuesto de Sucesiones (ISD) en nuestro sistema tributario. Así, dicha tasa existe en España porque, con la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, queda definido entre los sistemas de recaudación estatal. No obstante, antes de seguir, hay que aclarar que, más allá de su regulación, el impuesto quedará aprobado a partir del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Por lo tanto, cuando el tributo ya queda formalizado, su cesión autonómica a las comunidades queda determinada con la Ley 22/2009. Y tú…, ¿sabes cómo es la ley murciana?

 

Tal y como ya sabrás, las bonificaciones, deducciones, reducciones y tarifa aplicable varían según el territorio en el que se abone el Impuesto de Sucesiones: Murcia ha aprovechado su habilidad competente para desarrollar su norma sobre las adquisiciones. Por lo tanto, si tienes que tributar tu herencia o donación en esta región, debes considerar lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos. Desde aquí, una de estas tasas gestionadas será el Impuesto de Sucesiones, entre los art. 3 y 5. ¿Necesitas más información? Sigue leyendo, pues, a continuación, te damos todos los detalles para la tributación murciana

 

¿Cuánto tendrás que pagar por el Impuesto de Sucesiones? Murcia, su tributación y cómo calcular tu tasa en la región

A partir de aquí, la pregunta más importante es cuánto vas a pagar al tributar tu Impuesto de Sucesiones: Murcia aplica su plan tributario a la murciana, según la normativa de la región. Así, lo primero será conocer los coeficientes multiplicadores del territorio. No obstante, para continuar, tendrás que saber que las tasas fiscales varían según el patrimonio existente del beneficiado a partir de la adquisición y según su grado de parentesco con quien le nombra como heredero o donante. ¡Presta mucha atención! A continuación, los porcentajes de la Región de Murcia son…

 

Patrimonio preexistenteCoeficiente multiplicador
Grupos I y IIGrupo IIIGrupo IV
Hasta 402.678,11 €11,58822
Desde 402.678,12 € a 2.007.380,43 €1,051,66762,1
De 2.007.380,44 € hasta 4.020.770,98 €1,11,74712,2
Más de 4.020.770,99 €1,21,90592,4

¿Quieres saber más?

Aprende cómo es el Impuesto de Sucesiones en toda España

Con ello, el último paso es calcular la cuota tributaria a abonar por el Impuesto de Sucesiones: Murcia impone sus tasas. ¡Estate atento! Estas son las cifras sobre las tarifas fiscales murcianas…

 

Base liquidable hasta…Cuota íntegraResto de base liquidable hasta…Tipo aplicable
0 €0 €7.993,46 €7,65 %
7.993,46 €611,50 €7.987,45 €8,5 %
15.980,91 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €2.037,26 €10,2 %
31.955,81 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €3.734,59 €7.987,46 €11,9 %
47.930,72 €4.685,10 €7.987,45 €12,75 %
55.918,17 €5.703,50 €13,6 %
63.905,62 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €7.943,98 €15,3 %
79.880,52 €9.166,06 €39.877,15 €16,15 %
119.757,67 €15.606,22 €39.877,16 €18,7 %
159.634,83 €23.063,25 €79.754,30 €21,25 %
239.389,13 €40.011,04 €159.388,41 €25,5 %
398.777,54 €80.655,08 €398.777,54 €31,75 %
797.555,08 €207.266,95 €En adelante36,5 %

 

Impuesto de Sucesiones: Murcia y su listado de reducciones

Reducción al adquirir una empresa, un negocio o sus participaciones

Para empezar, la primera reducción que vamos a tratar comprenderá tanto la sucesión como la donación del valor de una empresa, de un negocio o de las participaciones en entidades. Como tal, la rebaja será del 99 % para aquellos adquirientes que formen parte de alguno de los cuatro grupos de parentesco. Igualmente, será precioso que la empresa, negocio o entidad de la que surge la adquisición tenga su domicilio fiscal y social en la comunidad de la Región de Murcia.

 

Cuando la reducción se aplica sobre bienes considerados del Catálogo del Patrimonio Cultural y que son cedidos a la Región de Murcia…

En este caso, debemos plantear que la reducción aplicable sobre aquellos bienes del Patrimonio murciano, considerados según la Ley 4/2007, de 16 de marzo, será del 99 %. No obstante, hay algo muy importante que tienes que saber: la deducción va a cambiar desde el el 1 de enero de 2023, momento en el que entrará en vigor la Ley 4/2022, de 16 de junio, de mecenazgo de la Región de Murcia y de modificación del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, que ya se mencionó.

 

Consecuentemente, las novedades que introduce este cambio implican nuevos porcentajes de reducción. Por ello, la rebaja variará en función del periodo de cesión de los bienes patrimoniales:

 

  • El mayor porcentaje, aplicado al 100 %, se reducirá cuando las cesiones sean permanentes.
  • Se aplicará una deducción del 99 % si las cesiones se extienden hasta 10 años o más.
  • Y se reducirá la mitad del valor de la adquisición, al 50 %, si la cesión supera los 5 años.

 

Deducción por el Impuesto de Sucesiones: Murcia y las fincas rústicas

A partir de este listado, otra reducción murciana es la que se impone al recibir una parcela como herencia o donación. Así, se aplica una rebaja del 99 %. No obstante, aunque el porcentaje sea el mismo, el carácter de aplicación de esta reducción varía… ¡A continuación, te lo especificamos!

 

Consideraciones

sobre la reducción

SucesionesDonaciones
¿Quién se beneficia de la deducción?Un familiar, sea cual sea su relación de parentesco, considerado agricultor profesional y que sea titular de una explotación agrariaEl adquirente podrá ser cualquier agricultor profesional, o su cónyuge, ya considerado titular de una explotación agraria
¿Cuáles son los requisitos de aplicación?La parcela será transmitida en el plazo de un año desde el fallecimiento del dueñoEl terreno se adquiere con titularidad exclusiva de uno de los cónyuges o común a ambos por régimen de gananciales
Lo adquirido se explotará durante los cinco años posteriores al fallecimiento o al devengo del impuesto, salvo que mientras muera el adquirente o las parcelas sufran un expediente expropiatorio o concurran otras causas mayores

 

Cuando reciben una donación con un fin, los grupos III y IV reducen…

Visto lo visto, puesto que esta reducción se aplica a unos grupos de parentesco muy específicos, lo primero que queremos aclararte es, por tanto, quién se beneficiará de ella. Así, el grupo III lo forman hermanos, sobrinos y tíos, además de ascendiente. Por otro lado, la formación del cuarto conjunto de parentesco, es decir, primos y otros familiares. Tras esto, pasamos a definir la rebaja, diferenciando la finalidad con la que se determina la donación… ¡Muy atento y presta atención!

  • Para crear o comprar una empresa o para adquirir acciones, aportaciones y participaciones del capital social en negocios de economía social

En estos casos, la reducción será del 99 % y su base máxima será de 300.000 €, aumentando a 450.000 € cuando los contribuyentes aleguen un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

  • Para adaptar la actividad de un negocio a partir de las medidas higiénico-sanitarias exigidas por la normativa aplicable ante la crisis de la COVID-19

Por su parte, si este es el objetivo de tu donación, podrás aplicar una reducción del 99 % sobre el importe donado. No obstante, la base máxima de la deducción quedará fijada en los 10.000 €. Además, tal límite se aplicará tanto sobre una única donación como en las donaciones sucesivas.

 

Reducción al Impuesto de Sucesiones: Murcia y aquellas donaciones con una finalidad específica, la cual se vincula al municipio de Lorca

Por último, para concluir con el listado de reducciones murcianas, tenemos que hablar de las que se aplican para Lorca: como consecuencia del terremoto que sufrió la localidad, se ofrecen varias rebajas. Su aplicación queda formalizada a partir de la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales extraordinarias, y su vigencia se ha ido ampliando con nuevas normas sucesivas en los presupuestos generales de la región. Entonces, la reducción varía según el caso… ¡Atiende!

 

Ante la donación de viviendas en Lorca o del dinero para su adquisición
Sobre el valor de la vivienda o dinero para gastar en ella…Sobre el valor de los solares en dicho municipio…
Para los grupos I y II
La reducción es del 100 % hasta los 300.000 €; el exceso tributará al 7 %Esta reducción será del 100 % hasta los 100.000 €
En los grupos III y IV
Su rebaja será del 99 % hasta los 300.000 €; su resto se abonará al 7 %Reducción del 99 % hasta los 100.000 €; el resto tributa al 7 %
Requisitos obligatorios para aplicar la reducción (sea cual sea su finalidad)
La vivienda afectada se considerará la residencia habitual del donatario a día 11 de mayo de 2011Las consecuencias del terremoto serán la destrucción de la vivienda, su ruina o demolición
La donación se formalizará en escritura pública, especificando que lo donado se destina a colaborar para recuperar la viviendaSerá necesario que la nueva vivienda se adquiera en un plazo máximo de un año desde que la donación se formaliza
El donatario no dispondrá de otra vivienda en Lorca en el momento de recibir la donación ni al formalizarla a través de documento públicoLa vivienda se mantendrá en el patrimonio del donatario durante los cinco años tras su adquisición, salvo que fallezca en dicho plazo
Al recibir una cantidad donada para otros fines determinados
Para invertir en una empresa o negocio y/o para adquirir acciones, participaciones y aportaciones de capital socialPara la rehabilitación, reconstrucción, reparación y adquisición de los bienes de una actividad profesional
Grupos I y II: 100 % de rebaja, limitada en 200.000 € (o en 400.000 €, con un 33 % de discapacidad)
Grupos III y IV: se reduce al 99 %, hasta los 100.000 € (o los 200.000 €, con un 33 % de discapacidad)
Requisitos obligatorios para aplicar la reducción (sin considerar su objetivo)
La donación se formalizará en escritura pública, especificando la finalidad de lo donadoLa inversión se mantendrá en los mismos activos, o similares, durante, mínimo, cinco años
Al constituir un negocio, el trámite tendrá que llevarse a cabo en el plazo máximo de seis meses desde la formalización de la donaciónSobre los bienes de una actividad, la reducción solo se aplicará si el origen de los fondos está debidamente justificado

 

Otros beneficios: las bonificaciones sobre la tributación

Después de todo lo dicho, ha llegado el momento de concluir esta explicación sobre el Impuesto de Sucesiones: ¿Murcia ofrece bonificaciones sobre la tributación? Efectivamente, como en el resto de comunidades, los murcianos también pueden optar a este tipo de beneficios al abonar su respectiva tasa. Por ello, a continuación, detallamos las bonificaciones regionales, aplicables para los grupos I y II, pues, ya sea una herencia o una donación, se deducirá el 99 % de la cuota resultante tras aplicar las reducciones que tengan que considerarse en cada caso. Por otra parte, a partir del terremoto de Lorca, también se contempla una bonificación total del 100 % sobre las sucesiones. Además, en estos casos, solo se requiere que el causante hubiera fallecido por los seísmos, pues la rebaja se aplica en todos los grupos de parentesco. ¡Calcula la cuota a beneficiar!

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Redactado por:
Ignacio González
Ignacio González

Graduado en Lengua y Literatura española + Periodismo. En Traetupóliza, desde diciembre de 2021, realizando tareas de creación y redacción de contenido y de optimización del mismo para los motores de búsqueda.

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