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Sobre el Impuesto de Sucesiones: Castilla y León

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Cuando pensamos en seguros de vida, estos destacan, obviamente, por su protección  y por su especializada tributación. Recuerda: aunque tengas uno contratado, para cobrar el capital, debes tener en cuenta que una póliza de vida cumple sus propios tributos. Al final, pese a no llevar IVA, es importante saber cómo se cobran las tasas estatales para este producto. Sobre cómo es el Impuesto de Sucesiones… Castilla y León lo cobra de manera particular. ¡Muy atento!

¿Quieres saber más?

Aprende cómo es el Impuesto de Sucesiones en toda España

Impuesto de Sucesiones: Castilla y León y su tributación

Entre las comunidades autónomas que disfrutan de ciertos beneficios fiscales, más allá del caso andaluz y su cobro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), Castilla y León es otro de los territorios que ofrece diversas reducciones a aplicar en el cobro de este específico tributo.

 

Por tanto, si quieres entender su aplicación, será necesario revisar la legislación autonómica y castellanoleonesa sobre dicho impuesto. Así, podremos enumerar cuáles son las bonificaciones, deducciones, reducciones y tarifa en Castilla y León. Como tal, entonces, sobre los preceptos a los que debemos atender, estos quedan determinados en lo expresado, entre los artículos 12 y 22, en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido sobre las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos al territorio. Tal y como comprobaremos más adelante, esta comunidad ha hecho un efectivo ejercicio de sus competencias normativas a partir de las reducciones a aplicar a la tasa.

 

¿Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones en Castilla y León? El tributo y su recaudación autonómica

A partir de su legislación, se comprende cómo se abona este impuesto en la comunidad. Y, en este sentido, el primer paso necesario será aplicar el cálculo de la cuota íntegra en el territorio. La operación a realizar, entonces, deberá contar con la base liquidable y el tipo que se aplicará a ella:

 

Base liquidable hasta…Cuota íntegraResto de base liquidable hasta…Tipo aplicable
0 € 7.993,46 €7,65 %
7.993,46 €611,50 €7.987,45 €8,5 %
15.980,91 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €2.037,26 €10,20 %
31.955,81 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €3.734,59 €7.987,46 €11,9 %
47.930,72 €4.685,10 €7.987,45 €12,75 %
55.918,17 €5.703,50 €13,6 %
63.905,62 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €7.943,98 €15,3 %
79.880,52 €9.166,06 €39.877,15 €16,15 %
119.757,67 €15.606,22 €39.877,16 €18,7 %
159.634,83 €23.063,25 €79.754,30 €21,25 %
239.389,13 €40.011,04 €159.388,41 €25,5 %
 398.777,54 €80.655,08 €398.777,54 €29,75 %
797.555,08 €199.291,40 €En adelante34 %

Una vez hemos obtenido la cuota íntegra, sobre ella se aplicará un coeficiente multiplicador en función de los grupos de parentesco y la cuantía del patrimonio preexistente a la sucesión y/o donación recibida. De esta manera, se calculará la cuota tributaria final a cobrar. ¡Revisa la tabla!

 

Patrimonio preexistenteCoeficiente multiplicador
Grupos I y IIGrupo IIIGrupo IV
Hasta 402.678,11 €1 %1,5882 %2 %
Desde 402.678,12 € hasta 2.007.380,43 €1,05 %1,6676 %2,1 %
Desde 2.007.380,44 € hasta 4.020.770,98 €1,1 %1,7471 %2,2 %
Más de 4.020.770,99 €1,2 %1,9059 %2,4 %
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Beneficios en el Impuesto de Sucesiones: Castilla y León

Reducciones sobre las sucesiones en Castilla y León

Posibles reducciones por discapacidad

A partir de la discapacidad, en Castilla y León se ofrece una mejora de la reducción marcada desde el Estado en las adquisiciones mortis causa para personas con minusvalía, dándose…

 

  • Una reducción de 125.000 para aquellas personas que cumplan un grado de minusvalía física, psíquica o sensorial, por un lado, igual o superior al 33 % y, por otro, inferior al 65 %.
  • Y, en otros casos, una reducción de 225.000 para aquellas personas que cumplan un grado de minusvalía física, psíquica o sensorial igual o superior al 65 %.

 

Diversas reducciones según el grado de parentesco

Esta reducción, a partir del grado de parentesco, es propia y aplicable en las adquisiciones mortis causa cuando estas son recibidas por descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes. No obstante, dicha mejora variará entre los grupos de familiaridad descritos:

 

  • Si el familiar forma parte del Grupo I y es menor de 21 años, obtendrá una reducción de 60.000 €, más otros 6.000 por su edad.
  • Por su parte, si el familiar beneficiario pertenece al Grupo II, la reducción será de 60.000 .

 

Reducción de bienes muebles del Patrimonio Cultural de Castilla y León

Ante su adquisición, hay una reducción en la región castellanoleonesa del 99 % al recibir tales bienes mortis causa y si forman parte del Inventario General del Patrimonio Cultural. Pese a ello, la reducción se aplicará siempre que lo heredado se ceda, gratuitamente y para exponerse por un periodo superior a 10 años, a la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a corporaciones locales, a museos de titularidad pública del territorio u a otras instituciones culturales dependientes de los entes públicos de la autonomía, pues así se encargarán de ellos.

 

Reducción por adquisición de explotaciones agrarias o su usufructo

En Castilla y León, se aplica una reducción propia del 99 % en adquisiciones mortis causa de explotaciones agrarias situadas en territorio castellanoleonés. Entre los requisitos que deben cumplirse para hacer que la reducción sea efectiva, se plantean los que aquí enumeramos:

 

  • Quien reclame la reducción tendrá que cumplir la condición de agricultor profesional.
  • Que la explotación agraria sea adquirida por el cónyuge, descendiente o adoptados, ascendientes o adoptantes y colaterales, por consanguinidad, hasta el tercer grado.
  • Que la adquisición se mantenga durante 5 años.

 

Reducción por adquisición de empresa familiar

Esta reducción propia supone una compensación del 99 % en aquellos supuestos de adquisición mortis causa de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones siempre y cuando (1) no coticen en mercados organizados, que (2) se sitúen en Castilla y León y que (3) se mantengan en el territorio comunitario, como mínimo, durante un periodo de 5 años.

 

Además, ante la adquisición de una empresa familiar, se aplicará una mejora de la reducción estatal al 99 % por donación de participaciones en entidades por el cónyuge, descendientes o adoptados. En estos casos, y durante los 3 años posteriores, la organización deberá mantener la plantilla de trabajadores tal y como estaba determinada en el año en que se produzca la donación, a partir de ciertos términos cuantitativos, regulados en la normativa laboral.

 

Reducciones sobre las donaciones para Castilla y León

Si hablamos de donaciones, el listado de reducciones a aplicar en la comunidad será diferente:

 

Para donaciones al patrimonio protegido de discapacitados

Por donaciones a los herederos de los afectos por el Síndrome Tóxico*

Sobre las donaciones a víctimas del terrorismo*

Por donaciones a víctimas de violencia de género 

La reducción será del 100%, con límite en 60.000 €Se ofrece una reducción del 99%Aquí la reducción a aplicar es del 99%Con una reducción del 99%

*Este par de reducciones, sobre las donaciones, se aplicarán siempre que no sea necesario tributar su adquisición sobre el impuesto de la renta de las personas físicas a partir de las indemnizaciones percibidas.

 

Bonificaciones de sucesiones y donaciones en Castilla y León

El día 9 de mayo de 2021, se presentó una modificación en la regulación legislativa del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla y León. Como tal, a través de la Ley 3/2021, de 3 de mayo, se introdujeron nuevas ventajas fiscales a la hora de enfrentarse a tal tributo en el territorio.

 

A partir de la actualización de la norma, para la cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, se aplicará una bonificación del 99% para ambos casos, por lo que solamente pagarás un 1%. La aplicación de esta bonificación será efectiva cuando el adquirente sea cónyuge, descendiente, o adoptado, o ascendiente, o adoptante, del causante. Además, en el caso de las donaciones, esta deberá formalizarse a través de un documento público para disfrutar de la bonificación.

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Redactado por:
Ignacio González
Ignacio González

Graduado en Lengua y Literatura española + Periodismo. En Traetupóliza, desde diciembre de 2021, realizando tareas de creación y redacción de contenido y de optimización del mismo para los motores de búsqueda.

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